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• La propuesta incluye reglas claras, excepciones médicas y pedagógicas, protocolos de emergencia, sanciones proporcionales y evaluación de resultados • “Quitar el celular puede reducir la oportunidad de distraerse, pero no crea automáticamente concentración”, advirtió la Directora de Psicología • Especialistas plantean pasar de la prohibición a una política de Estado con alfabetización digital, formación docente y corresponsabilidad de las tecnológicas
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Jefa de Prensa de la Dirección de Comunicación Institucional · Contacto de prensa: mariana.dominguez@ibero.mx

Restringir los teléfonos celulares en las escuelas puede ser razonable, particularmente durante clases y actividades académicas, pero una regulación eficaz tendría que ir mucho más allá de simplemente retirarlos: requeriría reglas claras, excepciones justificadas, alternativas pedagógicas, protocolos de emergencia y evaluación de resultados, plantearon especialistas de la Universidad Iberoamericana.
Durante la mesa de análisis De vuelta a clases: ¿con o sin celular?, especialistas en psicología, educación y derecho coincidieron en que una prohibición general difícilmente resolverá por sí sola problemas como la distracción, el ciberacoso, la ansiedad o el bajo rendimiento.
La Dra. Sandra Montes de Oca, Directora del Departamento de Psicología, propuso que una regulación contemple al menos seis componentes.
El primero sería establecer una regla clara sobre el uso del teléfono durante clases, evaluaciones y actividades escolares, que defina cuándo debe permanecer apagado o guardado.
El segundo sería establecer excepciones explícitas cuando exista una necesidad pedagógica, médica, de discapacidad, accesibilidad, seguridad o emergencia.
También debería existir un protocolo institucional de comunicación para emergencias, de manera que madres, padres y estudiantes sepan cómo establecer contacto sin depender directamente del teléfono durante la jornada escolar.
A ello se sumarían consecuencias educativas y proporcionales cuando se incumpla la regla, evitando confiscaciones prolongadas o sanciones que terminen excluyendo al alumnado del aprendizaje.
La quinta condición consiste en preguntarse qué se colocará en lugar del teléfono. Si se restringe también durante los recreos, explicó Montes de Oca, las escuelas tendrían que favorecer alternativas de juego, movimiento, conversación y convivencia.
Finalmente, toda política debería evaluar sus resultados: no basta retirar los dispositivos, sino comprobar si la medida realmente modifica la atención, el bienestar, el desempeño y las relaciones dentro de la comunidad escolar.
“Quitar el celular puede reducir la oportunidad de distraerse, pero no crea automáticamente concentración. Puede liberar tiempo para conversar, pero no crea automáticamente vínculos”, resumió la especialista.

Desde la perspectiva educativa, la Dra. Cimenna Chao Rebolledo, Directora General de Planeación Estratégica e Innovación, propuso acompañar cualquier restricción con una literacidad digital integral, es decir, enseñar no sólo a operar dispositivos, sino a comprender críticamente la información, los sesgos, las fuentes y los intereses detrás de los contenidos digitales.
La escuela también tendría que planear de manera explícita para qué, por qué, quién y cuándo utilizar determinada tecnología. Un teléfono puede ser un distractor, pero también puede convertirse en una herramienta educativa relevante, particularmente en comunidades donde constituye la única infraestructura tecnológica disponible.
Eliminarlo de manera indiscriminada en esos contextos, advirtió, podría limitar también oportunidades de aprendizaje y desarrollo de habilidades digitales.
“Ni tecnofobia ni optimismo digital acrítico”. La regulación, sostuvo, tendría que combinar alfabetización digital y mediación pedagógica crítica.
El Dr. Ricardo Ortega Soriano, Director del Departamento de Derecho, pidió ampliar todavía más el enfoque: pasar de discutir únicamente si los celulares deben prohibirse a construir una política de Estado sobre la incorporación de tecnologías en la educación.
Desde la perspectiva de derechos de niñas, niños y adolescentes, explicó, las restricciones pueden ser válidas siempre que sean proporcionales, tengan una finalidad clara y no produzcan afectaciones innecesarias a derechos como el acceso a información, la libertad de expresión, la participación o la autonomía progresiva.
Además, señaló que las responsabilidades no deberían recaer exclusivamente en estudiantes y familias. El Estado debe formar docentes, generar ciudadanía digital y establecer políticas educativas, mientras que las empresas tecnológicas también deben asumir responsabilidad por el diseño y funcionamiento de las plataformas.
Por ello, planteó que una regulación tendría que formar parte de “una política integral de Estado que, a la par que establece restricciones, desarrolla mecanismos de carácter educativo orientados a fomentar la alfabetización digital, la autonomía crítica de las personas y, sobre todo, el uso responsable”.
La discusión, coincidieron las y el especialista, no debería resolverse escogiendo entre teléfonos dentro o fuera del aula. La pregunta de fondo es más compleja: cómo enseñar a niñas, niños y adolescentes a convivir con tecnologías que seguirán formando parte de su vida cuando salgan de la escuela.
Las opiniones y puntos de vista vertidos en este comunicado son de exclusiva responsabilidad de quienes los emiten y no representan necesariamente el pensamiento ni la línea editorial de la Universidad Iberoamericana.
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