PRENSA IBERO
PRENSA IBERO
13 DE FEBRERO DE 2026
Por: Jorge Luis Cortés
AUTOR
Reportero de la Dirección de Comunicación Institucional

Todos los que vivimos en una economía tenemos que contribuir al gasto público a través del pago de impuestos porque hacemos uso de o recibimos servicios. Dejar de hacerlo resultaría contraproducente, a nivel personal, porque podría llevarnos a problemas legales, y a nivel comunidad porque dejaría al país inoperante, advirtió el Mtro. José Luis Vásquez Costa, adscrito al Departamento de Estudios Empresariales de la Universidad Iberoamericana, en donde coordina las Licenciaturas en Contaduría y Dirección de Negocios, y Finanzas.
De cara a la proliferación de narrativas que invitan a no pagar impuestos si se está en desacuerdo con el gobierno, el docente apuntó a que la contribución tiene que hacerse porque es lo que dicta la ley; debate aparte es si los servicios públicos son buenos, malos, o regulares.
“El ‘dinero público’, como le llaman nuestros políticos, no existe, es dinero del contribuyente, pero tampoco es justo y correcto pensar que porque es dinero del contribuyente deberíamos nosotros de hacer con él lo que quisiéramos y, si no estamos de acuerdo con la administración pública, no contribuir: eso es un error”, señaló el experto en análisis financiero.
En entrevista con PRENSA IBERO, el Mtro. Vásquez Costa también recordó que la defraudación fiscal constituye un delito.
Y es que el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación establece que comete defraudación fiscal quien “con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal”, lo que incluye no pagar impuestos, declarar menos ingresos, inflar deducciones y simular operaciones.
La ley mexicana también establece que las penas por este delito varían; de 3 meses a 2 años de prisión si el monto por el que se comete la defraudación es bajo; de 2 a 5 años si es intermedio; o de 3 a 9 años si el monto es elevado.
El profesor de Estudios Empresariales de la IBERO agregó que este delito no tiene derecho a fianza, por lo que el proceso legal lo lleva el o la indiciada tras las rejas. El experto también refirió que el delito conlleva multas, que pueden ir del 55% a 75% del monto omitido, pago del crédito fiscal completo, y recargos y actualizaciones.
Es importante ahondar en que la intencionalidad es lo que convierte una omisión fiscal en delito; y que comportamientos de otro tipo como la declaración extemporánea puede conllevar sólo una multa administrativa; o como el error contable sin intención puede castigarse únicamente con recargos.
“Somos un país que nos encanta no pagar impuestos, y es lamentable que una de las primeras preguntas que las personas hacen a las contadoras y contadores es cómo hacerle para no contribuir”, lamentó el coordinador de las Licenciaturas Contaduría y Dirección de Negocios, y Finanzas.
“Si ganas 100 pesos, yo no te voy a decir si es justo o injusto que el 30% lo tengas que pagar como impuestos; por supuesto que desde cualquier perspectiva es injusto aportar el 30% de los ingresos y no recibir lo correcto; pero lo que a nosotros nos toca es contribuir con nuestra parte para construir un país mucho mejor”, ejemplificó el entrevistado: “Además, si se dejara de contribuir, sería más contraproducente que correcto, porque se dejaría al país inoperante: es como si en un condominio nadie pagara la cuota de mantenimiento porque se está esperando que se hagan las cosas tal como se desean, y al final ese condominio se termina viniendo abajo”.
La protesta y el expresar que las cosas no están o no se realizan bien es un derecho, y puede hacerse al tiempo que se cumple con las obligaciones, dejó claro el docente, y también señaló que nunca debe olvidarse ni dejar de exigirse que los gobernantes y políticos nos brinden los servicios adecuados, no sólo aparentar que los brindan.
Las fechas para cumplir con la declaración anual del Servicio de Administración Tributaria (SAT) están por llegar. Las personales morales (empresas) la realizan en marzo y las personas físicas en abril.
El SAT depende de la Secretaría de Hacienda, que se encarga de crear los impuestos a partir de las leyes y el SAT es el órgano ejecutor. El profesor José Luis Vásquez Costa dijo que “conviene llevar la fiesta en paz con ellos simplemente porque es una obligación y el no hacerlo puede meternos en un terreno legal que puede resultar muy complicado”.
El Mtro. José Luis Vásquez Costa llamó a revisar con cuidado qué tipo de impuestos deben de pagarse según el perfil profesional, y llamó a no descartar la contratación de servicios profesionales que puedan ayudar a cumplir con las obligaciones: “parece muy fácil y que todo puede hacerse sin el apoyo de un contador, pero hay que tomar en cuenta que no hacer la declaración de manera correcta también puede llevarnos a cometer omisiones por las que hay que cubrirse multas”.
El o la profesional en Contaduría posee el conocimiento global y profundo del desempeño de todas y cada una de las áreas de cualquier organización, y tiene la capacidad de revisar y avalar que la información financiera y fiscal cumpla con lo establecido. La IBERO busca que sus egresadas y egresados sean capaces de analizar la información para tomar decisiones y desarrollar estrategias eficientes con sentido social y equitativo.
El plan de estudios de nuestra licenciatura en Finanzas brinda conocimientos de vanguardia en materia de finanzas corporativas, bursátiles, internacionales y de gestión de riesgos, así como grandes fortalezas científicas, técnicas y tecnológicas requeridas en el ámbito financiero nacional e internacional. Asimismo, fomenta la formación de profesionales libres, críticos, solidarios y afectivamente integrados, capaces de generar estrategias económicas y financieras a la luz del crecimiento sostenible, que tenga como base la equidad social, el equilibrio ambiental y la aceleración económica.
Por: Jorge Luis Cortés
Las opiniones y puntos de vista vertidos en este comunicado son de exclusiva responsabilidad de quienes los emiten y no representan necesariamente el pensamiento ni la línea editorial de la Universidad Iberoamericana.
Para mayor información sobre este comunicado llamar a los teléfonos: (55) 59 50 40 00, Ext. 7594, 7759 Comunicación Institucional de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México Prol. Paseo de la Reforma 880, edificio F, 1er piso, Col. Lomas de Santa Fe, C.P. 01219