PRENSA IBERO
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18 DE MARZO DE 2026
Por: Luis Reyes
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En el contexto de la declaración anual 2026, surgen múltiples preguntas frecuentes para realizar esta obligación. Para aclararlas, el Mtro. José Luis Vásquez Costa, Coordinador de la Licenciatura en Finanzas de la Universidad Iberoamericana (IBERO) Ciudad de México (CDMX) explica puntos clave que todo contribuyente debe conocer.
1. ¿A quiénes se les considera personas físicas?
Para el especialista, las personas físicas se pueden clasificar principalmente en dos grandes grupos: quienes perciben ingresos por salarios —trabajadores con un patrón— y quienes generan ingresos por actividades empresariales o profesionales, como consultores o prestadores de servicios.
A estos se suman las personas físicas que perciben otros ingresos menos comunes como arrendamientos, intereses o enajenación de bienes.

“Si una persona solo recibe ingresos por salarios, generalmente el patrón realiza las retenciones y declaraciones correspondientes. Sin embargo, en el momento en que se tienen dos o más fuentes de ingreso, la obligación de presentar la declaración anual es automática”, explica el Mtro. Vásquez Costa.
2. ¿Qué ingresos deben declararse ante el SAT?
Todos los ingresos provenientes de una actividad económica deben incluirse. Sin embargo, el especialista en contabilidad refiere que existen excepciones que suelen generar dudas, como las tandas o préstamos entre particulares.
En estos casos, recomienda documentar adecuadamente las operaciones y utilizar conceptos correctos en transferencias bancarias para evitar que el SAT los considere ingresos gravables.
3. ¿Qué deducciones puede aplicar una persona física y cuáles son sus límites?
En cuanto a las deducciones, aclara que el panorama cambia dependiendo del régimen fiscal. Para quienes perciben salarios, las deducciones son limitadas e incluyen conceptos como intereses de créditos hipotecarios, colegiaturas o gastos médicos dentro de ciertos límites.
En contraste, quienes realizan actividades profesionales o empresariales pueden deducir gastos directamente relacionados con su actividad, como renta de oficinas, equipo de trabajo o servicios.
“El error más común es no distinguir entre deducciones personales y gastos de actividad. No todo lo que se gasta es deducible, y esto depende completamente del régimen fiscal en el que se tribute”, puntualiza.
4. ¿Qué pasa si no presento mi declaración a tiempo?
Respecto a los plazos, enfatiza la importancia de cumplir en tiempo. Si bien es posible presentar declaraciones extemporáneas sin sanción cuando se hace de forma espontánea, señala que una vez que la autoridad fiscal emite un requerimiento, pueden generarse multas, recargos e incluso la determinación de créditos fiscales.
5. ¿Cuáles son las razones por las que el SAT bloquea una cuenta bancaria?
También advierte sobre el uso de cuentas bancarias. Depósitos recurrentes en efectivo o transferencias sin concepto claro pueden generar alertas ante la autoridad fiscal. En casos extremos, esto puede derivar en el bloqueo de cuentas bancarias o auditorías. “El problema no es el movimiento en sí, sino no poder justificar su origen”, subraya.
El académico destaca que, aunque el sistema del SAT ha facilitado el proceso mediante la precarga de información, la responsabilidad sigue recayendo en el contribuyente, por lo que recomienda revisar cuidadosamente los datos, conciliar ingresos y, en caso de dudas, buscar asesoría profesional.
Por: Luis Reyes
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