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PRENSA IBERO
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• La Mtra. Mariana Anzorena Lozoya, académica del Departamento de Comunicación, advierte que el litigio por el libro "Todo a la luz" trasciende el caso de Gloria Trevi y plantea preguntas sobre los límites de la investigación periodística • Para la académica, que la editorial haya decidido impugnar la resolución, aun cuando la obra no representa un gran negocio, es relevante para preservar la posibilidad de investigar y hablar sobre figuras públicas
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Reportero de la Dirección de Comunicación Institucional · Contacto de prensa: luis.reyes@ibero.mx

El conflicto alrededor del libro Todo a la luz. El caso criminal que México dejó en la oscuridad, de Karla de la Cuesta, dejó de ser una controversia sobre el uso del nombre y la imagen de Gloria Trevi.
Para la Mtra. Mariana Anzorena Lozoya, académica del Departamento de Comunicación de la Universidad Iberoamericana (IBERO)
“Si no tenemos libertad para hablar de figuras públicas, piensa tú en la política, en el deporte, en el espectáculo”, señaló la especialista de nuestra casa de estudios.
El libro, publicado por el sello Grijalbo de Penguin Random House, reconstruye el caso del clan Trevi-Andrade a partir de la experiencia de De la Cuesta, testimonios de otras víctimas, fuentes periodísticas y documentación del expediente judicial. En la obra, el nombre de Gloria Trevi aparece más de 400 veces en sus 248 páginas.
La controversia se centra también en las imágenes utilizadas en el libro. La Mtra. Anzorena Lozoya destaca que no se trata de fotografías realizadas expresamente para promocionar un producto comercial, sino de imágenes de archivo vinculadas con la cobertura periodística del caso.
“Son imágenes sacadas de notas que se publicaron en un momento en diversos medios”, explicó a Prensa IBERO.
La discusión jurídica tiene como uno de sus puntos centrales el derecho a la propia imagen y su relación con la libertad de expresión y el derecho a la información.
El artículo 74 del Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor establece que no constituye infracción en materia de comercio la utilización de la imagen de una persona sin autorización cuando se realiza con fines informativos o periodísticos o en ejercicio de la libertad de expresión.
Mientras que el artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor establece que las infracciones en materia de comercio se configuran cuando las conductas señaladas se realizan con fines de lucro directo o indirecto.
Ese marco forma parte de los argumentos que Penguin Random House ha llevado ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
La editorial presentó una “demanda de nulidad” contra la resolución del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) emitida el pasado 27 de julio. El Tribunal admitió el asunto y concedió medidas cautelares, por lo que los efectos de la resolución impugnada permanecen suspendidos mientras se resuelve el juicio y el libro puede seguir comercializándose.
Para la Mtra. Anzorena Lozoya, la discusión no está en determinar si una persona aparece en una fotografía o cuántas veces es mencionado su nombre. El punto de fondo es establecer cuándo el uso de esos elementos forma parte de una investigación de interés público y cuándo podría convertirse en una explotación comercial de la imagen.
“Si usara la imagen de Gloria Trevi para vender un producto no periodístico, claro que tendría un fin lucrativo meramente, pero si el fin es periodístico y de investigación, no tendría que proceder”, planteó.
La académica consideró que el caso puede tener consecuencias que van más allá del libro de De la Cuesta. Su preocupación es que una restricción de este tipo genere un efecto inhibidor en otros contenidos periodísticos.
Si el uso del nombre o la imagen de una persona pública pudiera impedir una investigación sobre ella, advirtió, el problema alcanzaría también a investigaciones sobre políticos, deportistas, artistas y otros personajes con presencia pública.
Subrayó que una investigación periodística no necesariamente tiene que presentar todas las versiones existentes sobre un acontecimiento, ya que todo trabajo periodístico parte de un encuadre y una mirada determinados.
En este caso, explicó, “Todo a la luz” no pretende reconstruir la historia desde la perspectiva de Gloria Trevi, sino desde la experiencia de De la Cuesta y de otras víctimas, así como desde la documentación a la que tuvo acceso la autora.
“Eso no elimina el derecho de otras personas a expresar una versión distinta. Puedes leer un libro a favor o en contra de una figura pública y eso es lo que hace tu criterio como lector”, sostuvo.
Karla de la Cuesta, la autora del libro, fue una de las jóvenes vinculadas al caso Trevi-Andrade. Posteriormente, estudió Derecho y desarrolló actividades relacionadas con la defensa de víctimas de trata de personas. El texto incorpora su experiencia personal, documentación judicial y fuentes periodísticas.
Por ello, la académica consideró que el caso no puede analizarse exclusivamente como un conflicto entre una celebridad y una editorial.
“Es una mujer que hace un libro con expediente judicial, con hemeroteca y expone, y con su testimonio personal”, abundó.
La propia editorial, dijo, ha sostenido que la obra fue construida a partir de testimonios de más de diez víctimas, documentos judiciales y materiales periodísticos, y que su interés principal es informativo.
La Mtra. Anzorena Lozoya reconoció la decisión de la editorial que, desde su perspectiva, resulta significativa. Penguin Random House pudo haber decidido no continuar la disputa, pues el libro no es un fenómeno editorial capaz de representar grandes ganancias para una casa editorial de ese tamaño.
“Es una buena noticia que Random House no haya dejado pasar esto, porque lo pudo haber dejado pasar, porque tampoco es el best seller de la historia”, afirmó.
Para la especialista, la importancia de la decisión no está entonces en las ventas de “Todo a la luz”, sino en la defensa de un principio que puede tener efectos sobre publicaciones futuras.
Explicó que la editorial sostiene que la resolución del IMPI restringe el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información, mientras que el IMPI determinó en su resolución de julio que el uso del nombre y las fotografías de Trevi sin autorización afectaba su derecho a la propia imagen.
La controversia, dijo, está ahora en manos del TFJA, por lo que todavía no existe una resolución judicial definitiva sobre el fondo del litigio.
La Mtra. Anzorena Lozoya planteó que el caso rebasa al espectáculo, pues la discusión tiene que ver con la posibilidad de que periodistas, investigadores, autores y medios puedan documentar asuntos de interés público y permitir que las audiencias conozcan distintas versiones para formar su propio criterio.
Consideró que la defensa de la libertad de expresión no implica que todo contenido quede fuera de cualquier límite jurídico o que las figuras públicas pierdan sus derechos, pues el desafío consiste en determinar la frontera entre el ejercicio de la libertad de expresión y el uso comercial no autorizado de la imagen.
“Hasta dónde puede llegar la protección de la imagen de una figura pública cuando su nombre e imagen forman parte de una investigación sobre hechos de interés público. La respuesta tendrá consecuencias que pueden alcanzar al ecosistema informativo. La libertad de expresión es la piedra angular de la democracia”, sostuvo.
Por ello, consideró relevante que la editorial haya decidido llevar la controversia ante los tribunales en lugar de retirar el contenido y cerrar el conflicto.
“Es una buena noticia que no lo haya dejado pasar, que esté impugnando las decisiones y que, mira, estamos hablando de ello”, concluyó.
Las opiniones y puntos de vista vertidos en este comunicado son de exclusiva responsabilidad de quienes los emiten y no representan necesariamente el pensamiento ni la línea editorial de la Universidad Iberoamericana.
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