PRENSA IBERO
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15 DE ABRIL DE 2026
Por: Mariana Domínguez Batis
AUTOR
Jefa de Prensa de la Dirección de Comunicación Institucional

• La discusión pública confunde propiedad privada con patrimonio nacional, señala la Dra. Sara Gabriela Baz, Directora del Departamento de Arte
• Salida de obras no es ilegal si cumple con la Ley de Monumentos de 1972
La polémica en torno a la colección Gelman, una de las más relevantes del arte moderno mexicano, ha detonado un debate público marcado por confusiones legales y percepciones sociales, advirtió la Dra. Sara Gabriela Baz Sánchez, directora del Departamento de Arte de la Universidad Iberoamericana y exdirectora del Museo Nacional de Arte (INBA).
“Es importante para México, sí, pero no hay que olvidar que se trata de una colección privada”, subrayó la especialista, al rechazar que exista un despojo de patrimonio cultural, como se ha señalado en redes sociales y espacios mediáticos.
La también exdirectora del Museo Nacional del Virreinato (INAH) explicó que, de acuerdo con la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos de 1972, las obras consideradas monumentos artísticos pueden ser exportadas temporal o definitivamente, siempre que exista autorización del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL).
“Los monumentos artísticos de propiedad particular podrán ser exportados mediante permiso del Instituto competente”, enfatizó.
En ese sentido, aclaró que la narrativa de un supuesto despojo carece de sustento jurídico.
La colección Gelman, integrada por obras de artistas como Frida Kahlo, Diego Rivera y David Alfaro Siqueiros, es relevante por la calidad y coherencia de su acervo, explicó Baz.
Sin embargo, recordó que durante décadas permaneció fuera del acceso público. “No le habían prestado atención en 20 años”, apuntó.
La especialista también destacó la escasez de obra de Kahlo en colecciones institucionales mexicanas, lo que incrementa el interés público en piezas de esta naturaleza.
Para Baz, el fondo del debate radica en la confusión entre propiedad privada y derecho cultural colectivo. Aunque las obras forman parte del patrimonio artístico nacional por decreto, ello no implica que sean de dominio público.
“Claro que tenemos derecho a ver a Frida Kahlo, pero nosotros no compramos el cuadro”, señaló.
Asimismo, consideró que el Estado mexicano sí tiene la responsabilidad de supervisar las condiciones de conservación, restauración y traslado de las obras, pero no de intervenir en su propiedad.
La académica sostuvo que el desconocimiento de la legislación vigente ha amplificado el conflicto. “Existe un desconocimiento generalizado de la legislación”, apuntó, al referirse a la discusión pública en torno al caso.
En ese sentido, subrayó que la historia del arte puede aportar elementos clave para comprender no solo el valor de las obras, sino también los marcos legales e institucionales que las regulan.
La colección, formada a mediados del siglo XX por Natasha y Jacques Gelman, ha estado marcada por litigios y periodos prolongados fuera del escrutinio público, lo que ha contribuido a su opacidad.
“Se sabía que estaba en litigio… no se sabía ni dónde estaba”, recordó Baz.
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Por: Mariana Domínguez Batis
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