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PRENSA IBERO
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• La Mtra. Daniela Carrasco, Académica del Departamento de Derecho, indica que la nueva SCJN es un órgano político por diseño, pero sin herramientas para consolidar su legitimidad democrática • El riesgo, analiza, es que la Corte se convierta en "ratificadora" de las mayorías legislativas y clausure cualquier posibilidad de debate constitucional
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Reportero de la Dirección de Comunicación Institucional · Contacto de prensa: luis.reyes@ibero.mx

La reforma judicial de 2024 prometió "acercar la justicia al pueblo", pero terminó por producir un tribunal híbrido: una Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de naturaleza política, pero sin la legitimidad democrática suficiente y necesaria para ejercer ese poder.
Esa es la tesis de su ensayo "Los efectos del diseño electoral de la reforma judicial: una corte política que clausura el diálogo democrático"
A un año de la toma de protesta de los nuevos perfiles que integran la SCJN, la Mtra. Carrasco Berge apunta en el texto que ningún tribunal constitucional es puramente jurídico ni puramente político. Su legitimidad depende de su capacidad para traducir conflictos políticos en argumentos jurídicos, resueltos con parámetros constitucionales.
El problema, sostiene la especialista, es que el nuevo sistema de elección popular de personas juzgadoras —diseñado con comités de evaluación discrecionales, procesos de insaculación y aprobación final de los tres poderes— vuelve prácticamente imposible contar con suficientes perfiles capaces e independientes para realizar ese ejercicio de traducción.
Señala que, en la selección de los perfiles de quienes integran la SCJN, los tres poderes conservan, en los hechos, poder de veto sobre quién puede aspirar a un cargo judicial, lo que politiza el proceso desde su origen, en vez de democratizarlo.
Apunta que a diferencia del sistema anterior a 1994, que exigía trayectoria judicial y validación por dos terceras partes del Senado, la reforma de 2024 no exige perfiles con experiencia jurídica destacada.
Según la autora, esto abre espacio para que pesen más la filiación política de las candidaturas o su vínculo indirecto con los partidos en el poder, que sus credenciales profesionales.
Además, agrega que las nuevas personas juzgadoras no cuentan con garantías de estabilidad económica ni con protección frente a presiones externas, mientras enfrentan el escrutinio del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, que puede detonar juicios políticos en su contra.
Menciona que, aunque la Corte se haya vuelto política, eso no la dota automáticamente de legitimidad democrática y para ello cita estudios sobre elecciones judiciales en Estados Unidos para mostrar que no es el mecanismo de elección inicial lo que genera responsabilidad frente a la ciudadanía, sino los mecanismos de retención o rendición de cuentas durante el cargo. Estos mecanismos están ausentes en el diseño mexicano.
Al margen de las consecuencias e implicaciones de contar con una SCJN integrada bajo este diseño, la autora advierte sobre el posible peligro de que ésta siga siendo competente para resolver la acción de inconstitucionalidad, el instrumento más poderoso de la Corte.
Aunque ya se ha advertido que la nueva SCJN podría ser un simple validador de las mayorías en turno, la autora recalca que si la Corte reconoce sistemáticamente la validez de las normas que apoya la mayoría, cancela la posibilidad de que otros mecanismos, como el amparo o las controversias constitucionales, vuelvan a discutir el tema.
Frente a este panorama, propone pensar en opciones nuevas respecto del diseño de los medios de control, como aquellas que empoderan a la ciudadanía: otorgarle legitimación directa para promover acciones de inconstitucionalidad.
Este tipo de medidas, sostiene, podrían ayudar a que la SCJN construya una legitimidad "sistémica" que el diseño constitucional actual no le otorga de origen, a través de ejercicios deliberativos compartidos con la sociedad.
Su ensayo se enmarca en el debate sobre los efectos de la primera elección judicial de México, celebrada en junio de 2025, que otros autores del mismo volumen han señalado por su baja participación ciudadana y por el papel de los "acordeones" en la orientación del voto hacia perfiles afines al bloque gobernante.
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